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Responsabilidad Civil vehículos movilidad personal

Responsabilidad Civil vehículos movilidad personal

Protegiendo lo que te mueve

Garantía de Responsabilidad Civil para vehículos de movilidad personal1 dentro de la cobertura de Responsabilidad Civil Familiar. Esta cobertura te protege frente a la responsabilidad en que puedas incurrir por los daños que pudieras ocasionar a terceros como propietario o usuario de bici eléctrica, segway, monopatín y patín eléctrico.

Caser

Características destacadas de la cobertura de Responsabilidad Civil vehículos movilidad personal

  • Cobertura2 extra para personas con movilidad reducida que se mantendrá con un límite del 100 % del capital asegurado.
  • Contar con la cobertura de Responsabilidad Civil vehículos movilidad personal no tiene coste añadido ni hay que contratarla adicionalmente.
  • Esta cobertura te protege frente a los daños que puedas ocasionar a terceros.
  • Están cubiertos los daños que causen los vehículos de movilidad personal (VMP) de los asegurados al contar con cobertura de Contenido.
  • Los vehículos incluidos en esta cobertura no podrán superar en masa los 50 Kg, la potencia de 400W y la velocidad máxima de 30 Km/h.

Qué incluye la cobertura de Responsabilidad Civil Familiar

La cobertura2 de Responsabilidad Civil Familiar del seguro Ibercaja Hogar Protección, puede garantizar los daños que causen los vehículos de movilidad personal (VMP) de los asegurados al contar con cobertura de contenido.

Como propietario o usuario de una bicicleta asistida por electricidad, segway, monopatín y/o patín eléctrico, la Responsabilidad Civil en la que incurras en su uso estará cubierta hasta el límite máximo de cobertura del 5 % del capital indicado en las Condiciones Particulares para Responsabilidad Civil Familiar. Además, los vehículos incluidos en esta cobertura no podrán superar en masa los 50 Kg, la potencia de 400 W y la velocidad máxima de 30 Km/h.


También encontramos coberturad extra para personas con movilidad reducida. La cobertura se mantendrá con un límite del 100% del capital asegurado indicado en las Condiciones Particulares de la Responsabilidad Civil para propietarios y usuarios de bicicletas sin motor, sillas de ruedas eléctricas y vehículos tipo scooter para uso de personas con movilidad reducida y otros vehículos sin motor que no tengan la consideración de vehículos de movilidad personal, así como para embarcaciones de remo o a pedal.

Seguros

Preguntas frecuentes sobre seguros de hogar

, es obligatorio tener contratadas algunas garantías que ofrecen los seguros de hogar. Al tener una hipoteca la ley obliga a asegurar la vivienda, incluso a reflejar en la póliza la existencia del préstamo hipotecario. El propio piso es la garantía del préstamo, por lo que es obligatorio preservar su valor cubriendo los daños que pueda sufrir la vivienda, evitando la exposición a riesgos que puedan devaluarlo.

Porque después de nuestra vida, posiblemente, es nuestro hogar el patrimonio que mejor hemos de cuidar para proteger a nuestra familia.

Depende del seguro que contrates. Algunas de las coberturas imprescindibles que debe tener un seguro de hogar son: incendios y daños diversos, daños eléctricos, fenómenos atmosféricos, daños producidos por el agua (rotura de conducciones o derrames de aparatos que la necesitan para su funcionamiento), roturas accidentales de cristales u otros materiales sustitutivos del cristal, robo, expoliación o atraco, actos de vandalismo o malintencionados y responsabilidad civil. Conoce nuestro seguro Ibercaja Hogar Protección.

, se puede asegurar solamente continente o solo contenido.

Productos que podrían interesarte

1

Seguros comercializados en la red de distribución de Ibercaja Banco, S.A. por Ibercaja Mediación de Seguros, S.A.U. NIF A78485687. Número de registro de la D.G.S.Y.F.P. OV-0039. Operador de Banca Seguros Vinculado. Entidad aseguradora: Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros Y Reaseguros, S.A. (CASER) NIF A28013050. Concertado Seguro de Responsabilidad Civil. Consulta aquí las aseguradoras con las que se ha suscrito contrato de agencia.

2

Coberturas sujetas al Condicionado General, Particular y Especial de la póliza.