Responsabilidad Civil vehículos movilidad personal

El seguro Ibercaja Hogar Protección incluye la garantía de Responsabilidad Civil para vehículos de movilidad personal1 dentro de la cobertura de Responsabilidad Civil Familiar. Esta cobertura te protege frente a la responsabilidad en que puedas incurrir por los daños que pudieras ocasionar a terceros como propietario o usuario de bici eléctrica, segway, monopatín y patín eléctrico.

Acciones disponibles

Un servicio diferencial que incluye

Cobertura extra

La cobertura se mantendrá con un límite del 100% del capital contratado para propietarios y usuarios de bicicletas sin motor, sillas de ruedas eléctricas y vehículos tipo scooter para uso de personas discapacitadas y otros vehículos sin motor que no tengan la consideración de vehículos de movilidad personal.

Vehículos incluidos

No pueden superar en masa los 50 Kg, la potencia de 400W y la velocidad máxima de 30km/h.

Sin coste adicional

Contar con la cobertura de Responsabilidad Civil vehículos movilidad personal no tiene coste añadido ni hay que contratarla adicionalmente.

Un servicio que se adapta a tus necesidades

Qué incluye la cobertura de Responsabilidad Civil Familiar

La cobertura2 de Responsabilidad Civil Familiar del seguro Ibercaja Hogar Protección, puede garantizar los daños que causen los vehículos de movilidad personal (VMP) de los asegurados al contar con cobertura de contenido.

Como propietario o usuario de una bicicleta asistida por electricidad, segway, monopatín y/o patín eléctrico, la Responsabilidad Civil en la que incurras en su uso estará cubierta hasta el límite máximo de cobertura del 5% del capital indicado en las Condiciones Particulares para Responsabilidad Civil Familiar. Además, los vehículos incluidos en esta cobertura no podrán superar en masa los 50 Kg, la potencia de 400W y la velocidad máxima de 30 Km/h.


También encontramos coberturad extra para personas con movilidad reducida. La cobertura se mantendrá con un límite del 100% del capital asegurado indicado en las Condiciones Particulares de la Responsabilidad Civil para propietarios y usuarios de bicicletas sin motor, sillas de ruedas eléctricas y vehículos tipo scooter para uso de personas con movilidad reducida y otros vehículos sin motor que no tengan la consideración de vehículos de movilidad personal, así como para embarcaciones de remo o a pedal.

Más información sobre seguros de hogar

Porque después de nuestra vida, posiblemente, es nuestro hogar el patrimonio que mejor hemos de cuidar para proteger a nuestra familia.

Depende del seguro que contrates. Algunas de las coberturas imprescindibles que debe tener un seguro de hogar son: incendios y daños diversos, daños eléctricos, fenómenos atmosféricos, daños producidos por el agua (rotura de conducciones o derrames de aparatos que la necesitan para su funcionamiento), roturas accidentales de cristales u otros materiales sustitutivos del cristal, robo, expoliación o atraco, actos de vandalismo o malintencionados y responsabilidad civil. Conoce nuestro seguro Ibercaja Hogar Protección.

Definimos términos sobre seguros de Hogar

La persona, física o jurídica, titular del interés objeto de este seguro y que, en defecto del tomador del seguro, asume las obligaciones derivadas del contrato. Salvo mención expresa en las Condiciones Particulares, el tomador del seguro y asegurado son una misma persona.

También tendrán la condición de asegurado, siempre y cuando convivan con él, las siguientes personas:

  • Cónyuge, no separado legalmente o quien ostente similar condición.
  • Los hijos de la pareja que sean solteros, los que estén incapacitados o sean disminuidos físicos o los que lo fueran notoriamente para procurar su sustento.
  • Los ascendientes de la pareja que estén a su cargo y puedan acreditarlo.
  • Las personas que convivan habitualmente con el asegurado excepto que lo hagan en virtud de un contrato de alquiler.

Para las Garantías de Asistencia en el Hogar, Protección Jurídica y Accidentes corporales, se estará a lo dispuesto en su propia definición de asegurado.

CAJA DE SEGUROS REUNIDOS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., - Caser- obliga al pago de la prestación correspondiente a cada una de las garantías que figuran incluidas en el contrato.

1 Seguros comercializados en la red de distribución de Ibercaja Banco, S.A. por Ibercaja Mediación de Seguros, S.A.U. NIF A78485687. Número de registro de la D.G.S.Y.F.P. OV-0039. Operador de Banca Seguros Vinculado. Entidad aseguradora: Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros Y Reaseguros, S.A. (CASER) NIF A28013050. Concertado Seguro de Responsabilidad Civil. Consulta aquí las aseguradoras con las que se ha suscrito contrato de agencia.

2 Coberturas sujetas al Condicionado General, Particular y Especial de la póliza.