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Este número es indicativo del riesgo del producto, siendo 1/6 indicativo de menor riesgo y 6/6 de mayor riesgo
Ibercaja se encuentra adherida al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito de España (RDL 16/11). El importe máximo garantizado es de hasta 100.000 euros por depositante en cada entidad de crédito.
La cuenta de pago básica es una cuenta corriente en euros de uso personal y no profesional. Para poder contratarla, en cumplimiento de la normativa legal, el titular deberá ser una persona física mayor de edad que actúe con un propósito ajeno a su actividad comercial y no podrá contar con otra cuenta de pago en España en la que se presten los mismos servicios que en esta cuenta.
Para contratarla es necesario que te dirijas presencialmente a una oficina de Ibercaja con la documentación solicitada.
Para poder contratarla, el titular deberá ser una persona física mayor de edad que actúe con un propósito ajeno a su actividad comercial y no podrá contar con otra cuenta de pago en España en la que se presten los mismos servicios que en esta cuenta.
Pueden contratarla:
Para disponer de la cuenta de pago básica no es obligatorio contratar otros productos o servicios de Ibercaja, la cuenta no tendrá retribución y se cobrará mensualmente una comisión de 3€ por la prestación de los servicios antes solicitados:
Consulta aquí los requisitos de contratación.
En lugar de la comisión de 3€ mensuales indicada más arriba no se percibirá comisión2 de las personas en “situación de vulnerabilidad o en riesgo de exclusión financiera”3, en aquellos casos en los que el cliente aporte, según establece el Real Decreto 164/2019, de 22 de marzo, la información que acredite tal situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión financiera de todas las personas que conforman la unidad familiar. Dicha información será la siguiente:
A tal efecto, los importes máximos de ingresos brutos anuales de la unidad familiar para tener derecho a la gratuidad de la Cuenta de Pago Básica son los siguientes: 13.557,60€ para personas no integradas en ninguna unidad familiar; 16.947€ para unidades familiares con menos de 4 miembros; 20.336,40€ para unidades familiares con al menos 4 miembros o con una persona con discapacidad de al menos el 33%. El importe se calcula en función del “indicador público de renta de efectos múltiples de doce pagas”. Cuando no se disponga de los documentos anteriormente mencionados, el cliente deberá aportar un informe en el que se indique la composición de la unidad familiar o en el que se motive la idoneidad para el acceso a la gratuidad de una cuenta de pago básica, según el caso. Este informe será emitido por los servicios sociales del Ayuntamiento en el que esté empadronado el cliente.
La gratuidad de la cuenta de pago básica, para las personas que acrediten los requisitos exigidos, se mantendrá durante un periodo de dos años, salvo que la entidad pueda acreditar que el cliente ha dejado de estar “en situación de vulnerabilidad o con riesgo de exclusión financiera”.
Puedes consultar las normas que regulan este tipo de cuentas en www.boe.es
1Tres reintegros a débito (con cargo inmediato en la cuenta) gratuitos al mes en cajeros de las entidades EURO 6000 con acuerdo (CecaBank, Abanca, Unicaja, KutxaBank, Cajasur, Liberbank, Caja Ontinyent, Caixa Pollença, EVO, Cardtronics, Bankoa, Bankinter, Caja de Ingenieros y Caja de Arquitectos) y Banco Sabadell, en todo el territorio español (salvo Aragón, La Rioja y provincias de Guadalajara, Burgos y Badajoz, donde existe una amplia red de cajeros Ibercaja).
2 TAE: 0% TIN: 0%, para cualquier saldo medio acreedor durante un año, TIN: 0%, comisión de mantenimiento 0€.
3 Según Real Decreto 164/2019, de 22 de marzo, por el que se establece un régimen gratuito de cuentas de pago básicas en beneficio de personas en situación de vulnerabilidad o con riesgo de exclusión financiera.
NRI: IBE0502597-210016