12/02/2020
Consejos ÚtilesAtención al asegurado
¿Necesitas información sobre un seguro? Ponemos a tu disposición algunos teléfonos de interés.
Protegiendo lo que te mueve
Es un seguro1 por el que se garantiza una cantidad equivalente a la cuota mensual del préstamo (personal o hipotecario) en caso de baja laboral o enfermedad o accidente, o desempleo, según la situación laboral del Asegurado en el momento de solicitar la prestación.
Son asegurables los préstamos de nueva contratación suscritos con Ibercaja, se admiten los abiertos hasta 30 días antes de suscribir el seguro. Además, existe la posibilidad de incorporar a los dos titulares del préstamo, permitiendo elegir un porcentaje de reparto entre los dos asegurados de la cuota mensual asegurada.
Para suscribir el seguro de protección de pagos, el asegurado debe cumplir los siguientes requisitos:
En función de la profesión del asegurado, las coberturas que cubre son las siguientes:
| Profesión | Préstamo personal | Préstamo hipotecario |
|---|---|---|
| Trabajadores por cuenta ajena con contrato indefinido excepto funcionarios | Desempleo | Desempleo |
| Autónomos o trabajadores temporales y funcionarios | Incapacidad temporal | Incapacidad temporal |
Los límites en concepto de indemnización y temporales varían en función del préstamo que desees asegurar.
En ambos casos, la indemnización se abona con un límite de 12 pagos mensuales consecutivos y 24 pagos mensuales alternos en total.
En el seguro de protección de pagos para préstamo personal o hipotecario, se cubre la garantía de desempleo a los trabajadores por cuenta ajena que cumplan las condiciones siguientes:
Seguros
Sí, es posible la contratación de la póliza pero el asegurado en el momento de contratar, tiene únicamente la cobertura de incapacidad temporal, sin perjuicio que mientras que esté la póliza en vigor, pueda cambiar su situación laboral, y de conformidad con las condiciones generales de la póliza, tenga entonces cobertura de desempleo.
La cobertura aplicable va a depender de la situación en la que se encuentre la empresa en la que trabajas al contratar el seguro de Protección de Pagos.
Las posibles situaciones que se pueden dar son las siguientes:
En este caso, para que puedas disponer de la cobertura completa de desempleo incluso para casos de ERE o ERTE, deberías cambiar tu situación laboral (p.e. por cambio de empresa).
Únicamente pueden contratar el seguro de protección de pagos los titulares del préstamo del que tú eres fiador.
Para que tu viaje salga redondo, a pesar de algún imprevisto... Con un seguro de asistencia en viaje recibirás una asistencia médica en cualquier lugar del mundo, estarás protegido las 24 horas, podrás cancelar tu viaje a última hora por alguno de los motivos indicados en la póliza...
1.
Entidad aseguradora: Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. (CASER) NIF A28013050.
Seguros de Caser comercializados en la red de distribución de Ibercaja Banco, S.A. por Ibercaja Mediación de Seguros, S.A.U. operador de banca-seguros vinculado, (NIF A78485687), con número de registro de la D.G.S.Y.F.P. OV-0039. Consulta aquí las aseguradoras con las que Ibercaja Mediación de Seguros, S.A.U. operador de banca-seguros vinculado ha suscrito contrato de agencia. Concertado Seguro de Responsabilidad Civil.
2.
En caso de contratación del seguro asociado a préstamo hipotecario la edad máxima de contratación será de 60 años.
3.
Las coberturas de este seguro son excluyentes entre sí, y se aplican en función de la situación laboral del Asegurado en el momento del siniestro. Coberturas sujetas al Condicionado General, Particular y Especial de la póliza.
Puedes consultar aquí la política de transparencia en la contratación de productos de seguro a través de medios de comunicación a distancia de Ibercaja Mediación de Seguros, S.A.U. operador de banca-seguros vinculado, (NIF A78485687), con número de registro de la D.G.S.Y.F.P. OV-0039.
NRI: IBE0500128-260066