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Este número es indicativo del riesgo del producto, siendo 1/6 indicativo de menor riesgo y 6/6 de mayor riesgo
Con nuestro Plan de Ahorro Sistemático (PIAS) Euríbor1 puedes ir construyendo un ahorro periódico para tu futuro y disponer de él en cualquier momento sin ningún tipo de penalización2.
Y además, si pasados al menos 5 años decides rescatarlo en forma de renta vitalicia, obtendrás una total exención fiscal3 del rendimiento generado.
Puedes elegir la periodicidad que más te convenga para realizar tus aportaciones (mensual, trimestral, semestral o anual).
Desde el primer día puedes disponer del capital ahorrado, tanto de forma total como parcial4, sin ningún tipo de penalización.
Puedes optar por rescatarlo en forma de capital o de renta. Recuerda, si tu PIAS tiene más de 5 años y lo rescatas en forma de renta vitalicia, disfrutarás de una total exención fiscal del rendimiento obtenido.
Puedes traspasar el saldo de tu PIAS Euríbor a un PIAS LINK o viceversa, sin ningún impacto fiscal.
En todo momento tendrás el control sobre tu dinero, dado que puedes disponer de él sin penalización siempre que lo necesites.
Con nuestro PIAS Euríbor tienes una rentabilidad garantizada.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: las rentas percibidas tendrán la consideración de rendimientos de capital mobiliario sometidos a la retención aplicable de acuerdo con la legislación vigente.
(Opción sujeta a la disponibilidad del producto en el momento del rescate).
Si pasados mínimo 5 años decides rescatarlo en forma de renta vitalicia, obtendrás una total exención fiscal del rendimiento generado.
El importe total de las primas acumuladas en este contrato no podrá superar la cuantía total de 240.000€ por contribuyente.
Tipo de Rendimiento | Rendimientos del capital mobiliario |
Tipo de Retención | Rendimiento exento |
Tributación | Rendimiento exento |
Edad | Reducción % | Sujeto % |
---|---|---|
Menos de 40 años | 60% | 40% |
de 40 a 49 años | 65% | 35% |
de 50 a 59 años | 72% | 28% |
de 60 a 65 años | 76% | 24% |
de 66 a 69 años | 80% | 20% |
más de 70 años | 92% | 8% |
Los porcentajes de tributación que se indican serán los correspondientes a la edad del rentista en el momento de la constitución de la renta vitalicia y permanecerán constantes durante toda su vigencia.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: las rentas percibidas tendrán la consideración de rendimientos de capital mobiliario sometidos a la retención aplicable de acuerdo con la legislación vigente.
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) con importantes reducciones para aquellos beneficiarios que sean familiares de primer grado del titular del seguro.
1 Seguros comercializados en la red de distribución de Ibercaja Banco, S.A. por Ibercaja Mediación de Seguros, S.A.U. NIF A78485687, Operador de Banca Seguros Vinculado. Entidad aseguradora: Ibercaja Vida, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A.U. NIF A46013058. Concertado Seguro de Responsabilidad Civil. Consulta aquí las aseguradoras con las que se ha suscrito contrato de agencia.
2 Sujeto a la normativa en materia de distribución de seguros.
3 Fiscalidad aplicable según la legislación vigente en cada momento.
4 Rescate parcial según condiciones de la aseguradora en el momento del rescate.
NRI: IBE0500186-240037