Seguro asistencia en viaje Erasmus

Seguro asistencia en viaje Erasmus

Seguro Asistencia en Viaje Erasmus

El seguro de Asistencia en Viaje Erasmus1 es un completo seguro de asistencia en viaje que te permitirá disfrutar de tu Erasmus con la tranquilidad de tener cubiertas las incidencias más habituales que pueden ocurrir en un viaje.

Caser

Características destacadas del seguro asistencia en viaje Erasmus

  • Tu familia y tú estaréis tranquilos sabiendo que viajas con un seguro con amplias coberturas2 y en caso de robo, pérdida o deterioro de tu equipaje recibirás una compensación.
  • Este seguro de accidentes en viaje tiene en cuenta los principales imprevistos a los que te puedes enfrentar como estudiante de Erasmus.
  • Comodidad en la prima del seguro pues la pagas una única vez y te olvidas.
  • En caso de accidente o enfermedad, se cubren2 los gastos de desplazamiento de ida y vuelta de un familiar y una cantidad para el pago de la estancia.

Coberturas2 del seguro asistencia en viaje Erasmus

Soluciones que sólo un gran seguro puede ofrecer para que tú y tu familia viváis más tranquilos esta experiencia. Conoce algunas coberturas:

  • Gastos médicos en el extranjero: hasta 30.000 €.
  • Gastos odontológicos en caso de urgencia: hasta 150 €.
  • Repatriación o transporte sanitario por enfermedad o accidente: ilimitado.
  • Repatriación o transporte de fallecido: ilimitado.
  • Prolongación de estancia en hotel por enfermedad sobrevenida o accidente: hasta 75 €/día y 10 días.
  • Desplazamiento de un familiar acompañante por hospitalización: ilimitado.
  • Gastos de estancia del familiar acompañante por hospitalización: hasta 75 €/día y 10 días.
  • Regreso anticipado por fallecimiento de un familiar: ilimitado.
  • Regreso anticipado por hospitalización de un familiar: ilimitado.
  • Compensación por robo, pérdida o deterioro de equipajes: hasta 500 €.
  • Gastos de primera necesidad por retraso > 24 h. en la entrega de equipaje: hasta 100 €.
  • Gastos de anulación del viaje no iniciado: hasta 1.000 €.
  • Seguro de accidentes en medio de transporte público: 8.000 €.
  • Responsabilidad Civil Privada3: 35.000 €.

Seguros

Preguntas frecuentes sobre otros seguros

Sí, es posible la contratación de la póliza pero el asegurado en el momento de contratar, tiene únicamente la cobertura de incapacidad temporal, sin perjuicio que mientras que esté la póliza en vigor, pueda cambiar su situación laboral, y de conformidad con las condiciones generales de la póliza, tenga entonces cobertura de desempleo.

La cobertura aplicable va a depender de la situación en la que se encuentre la empresa en la que trabajas al contratar el seguro de Protección de Pagos.

Las posibles situaciones que se pueden dar son las siguientes:

  • Si cuando contratas la póliza, la empresa en la que trabajas ya no está en ERE o ERTE y han transcurrido más de 12 meses desde su finalización: disfrutarás de la cobertura completa de desempleo, incluso para posibles despidos derivados de futuros ERE o ERTE en los que se pueda encontrar la misma empresa u otra para la que puedas trabajar.
  • Si cuando contratas la póliza, la empresa en la que trabajas está en ERE o ERTE o bien ya no está en esta situación pero han transcurrido menos de 12 meses desde su finalización: disfrutarás de la cobertura de desempleo para los casos en los que éste se produzca por una causa distinta al propio ERE o ERTE (p.e. un despido improcedente o un despido por causas objetivas).

En este caso, para que puedas disponer de la cobertura completa de desempleo incluso para casos de ERE o ERTE, deberías cambiar tu situación laboral (p.e. por cambio de empresa).

Únicamente pueden contratar el seguro de protección de pagos los titulares del préstamo del que tú eres fiador.

Para que tu viaje salga redondo, a pesar de algún imprevisto... Con un seguro de asistencia en viaje recibirás una asistencia médica en cualquier lugar del mundo, estarás protegido las 24 horas, podrás cancelar tu viaje a última hora por alguno de los motivos indicados en la póliza...

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1

Entidad aseguradora: Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. (CASER) NIF A28013050. Concertado Seguro de Responsabilidad Civil. Consulta aquí las aseguradoras con las que se ha suscrito contrato de agencia.

Seguros de Caser comercializados en la red de distribución de Ibercaja Banco, S.A. por Ibercaja Mediación de Seguros, S.A.U., NIF A78485687, número de registro de la D.G.S.Y.F.P. OV-0039, Operador de Banca Seguros Vinculado.

2

Coberturas sujetas al Condicionado General, Particular y Especial de la póliza contratada. Ámbito de la cobertura: Europa. Duración máxima del seguros 12 meses.

3

Franquicia 150 €.