¡Enhorabuena! Acabas de adquirir una vivienda y por fin has conseguido ese sueño que tanto perseguías. Sin duda, el momento que marca esa realidad es la firma de la escritura de compraventa ante el notario. Pero ¿cuáles son los trámites después de comprar una casa? Te los explicamos paso a paso en este post.
Una vez que firmas la escritura de compraventa de tu nueva casa firmada por todas las partes, te conviertes definitivamente en su propietario. La situación es la misma tanto si se trata de una vivienda nueva como si es un inmueble de segunda mano.
Después de ese momento, serás a todos los efectos el dueño de la casa. Por supuesto, ello te permite disfrutarla, pero también te genera una serie de obligaciones y responsabilidades. Entre ellas, llevar a cabo los trámites posteriores a su compra.
La parte positiva es que algunos de los procedimientos exigibles se realizan directamente desde la notaría. La negativa, que eres el responsable de que todo se efectúe correctamente.
En la escritura de adquisición queda constancia explícita de:
El paso 0 es, desde luego, pasar a recoger esa escritura de la notaría y, antes de guardarla porque la seguirás necesitando mientras seas propietario, realizar algunos trámites.
Ten en cuenta que, en realidad, si has necesitado un préstamo hipotecario para financiar la compra, vas a recibir dos escrituras: la de la compra de la vivienda y la del préstamo hipotecario.
Tras la compra tienes que pagar una serie de impuestos que dependen del tipo de vivienda (nueva o de segunda mano) y de la comunidad autónoma en la que residas.
Así, tienes que abonar:
Recuerda que el plazo para estos trámites tributarios es de 30 días desde la firma de la escritura, así que no te relajes. Hazlos cuanto antes para evitar despistes o problemas inesperados. Junto al impreso de cada uno, deberás aportar una copia de las escrituras.
Una vez recogida la escritura de la notaría y saldados los impuestos correspondientes, lo más recomendable (obligatorio si has necesitado un préstamo hipotecario) es registrar la vivienda a tu nombre. Este no es un procedimiento obligatorio (salvo en caso de préstamo hipotecario), pero sí muy recomendable. Obviar este paso puede generar en el futuro serios problemas para realizar un buen número de acciones con tu propiedad. Quizás, cuando necesites hacerlo, sea tarde o resulte imposible. Lo habitual es solicitar a la notaría o una gestoría que se encargue de hacer el trámite.
Para que se inscriba, tendrás que presentar una copia de la escritura pública, los justificantes del pago de los impuestos y el último recibo del IBI.
Además de la inscripción en el Registro de la Propiedad, deberá cambiarse la titularidad en el Catastro, aunque esta gestión suele hacerse directamente desde la notaría.
La luz, la calefacción, el agua, el teléfono o los seguros de hogar son siempre servicios personalizados. Por eso, habrán sido dados de baja y tendrás que cambiar la titularidad o contratar unos nuevos. Si se trata de una vivienda nueva, no olvides que, junto con la entrega de llaves, deben darte los boletines técnicos correspondientes para la contratación de la luz, el agua y el gas.
Ciertamente, no es la tarea más ágil ni entretenida del mundo. Sin embargo, si te organizas bien, podrás tenerlo todo resuelto en unos cuantos días. Si no vas a vivir todavía en el inmueble, has de analizar los pros y los contras de dar ya de alta cada servicio o esperar un tiempo.
En cuanto sea posible, contacta con el presidente o administrador de fincas de la comunidad a la que pertenece tu vivienda. El propósito es doble. En primer lugar, darte a conocer y presentarte como propietario. En segundo, facilitar tu número de cuenta para que te giren los recibos para el sostenimiento de la comunidad y evitar, con ello, que haya recibos impagados.
¿Te han quedado claros los trámites después de comprar una casa? Si sigues estos pasos y te rodeas de los apoyos adecuados, no tendrás ningún problema para resolverlos con éxito.