La donación es un acto jurídico a través del cual el donante cede de manera gratuita al donatario un bien o parte del mismo. En los últimos años, el número de personas dispuestas a donar una vivienda a un hijo ha crecido significativamente. Padres que ven en esta fórmula legal la mejor alternativa para que sus descendientes tengan una casa de la que puedan disponer según sus necesidades. Sin embargo, esta concesión lleva aparejada una serie de gastos en forma de pago de impuestos.
Donar parte de un inmueble y, más concretamente, conceder el usufructo, permite que el beneficiario disponga de una vivienda y que el donante ahorre dinero en el pago de impuestos. Se trata de una figura poco conocida que puede resultar muy útil si estás pensando en cómo vas a repartir tus bienes.
En nuestro ordenamiento jurídico existen los derechos de nuda propiedad y de usufructo, los cuales pueden recaer sobre la misma persona o sobre diferentes individuos. Quien tiene la nuda propiedad tiene la opción de venderla si lo estima conveniente, pero tiene la imposibilidad de utilizar el bien si éste está en manos de un tercero. Por el contrario, el usufructuario tiene derecho a hacer uso de la casa o a percibir sus frutos, pero no tiene derecho de propiedad alguno sobre la misma.
Cuando hablamos de donar parte de un inmueble a lo que estamos haciendo referencia es, precisamente, a la donación del usufructo.
Es un derecho real que le confiere a una persona el derecho de disfrutar de un bien ajeno sobre el que no tiene la propiedad. En este caso, un bien inmueble.
Si concedes a tu hijo el usufructo sobre una vivienda de tu propiedad, podrá hacer uso de la misma y beneficiarse de sus frutos. Esto quiere decir que podría residir en la casa, pero también podría optar por alquilarla y quedarse con la renta procedente del alquiler.
Pero no todo son derechos, también surgen obligaciones: el titular del usufructo tiene la obligación legal de conservar la casa en buen estado, asumir el coste de las reparaciones ordinarias y el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles o IBI.
La operación se lleva a cabo mediante la firma de una escritura pública de donación otorgada ante notario. En ella, constará la voluntad de los propietarios del inmueble de transferir el usufructo y de su hijo de aceptarlo.
Posteriormente, se pagan las impuestos y aranceles notariales correspondientes y, por último, se inscribe la escritura de donación en el Registro de la Propiedad.
Una de las particularidades de esta figura jurídica es que la donación del usufructo de un inmueble puede hacerse por un tiempo determinado o con carácter vitalicio, y a favor de una o varias personas.
La gran ventaja de donar una vivienda a través de la fórmula del usufructo es que reduce el coste fiscal. En concreto:
En síntesis, al donar el usufructo conseguimos justo lo que buscamos: que nuestros hijos estén en disposición de disfrutar de un inmueble, con la particularidad de reservarnos el derecho de propiedad. De esta manera, todos ahorramos en el pago de impuestos.
Donar una vivienda a un hijo puede ser una buena idea. No obstante, es importante hacerlo de forma correcta y tener en cuenta las circunstancias personales de cada uno, para lo cual es fundamental asesorarse antes para encontrar la fórmula que resulte más beneficiosa para todos los implicados.