Ayudas y beneficios fiscales a jóvenes para comprar o rehabilitar una vivienda

Si estás pensando en comprar una vivienda o rehabilitarla próximamente te vendrá bien saber a qué tipo de ayudas y ventajas fiscales puedes acogerte.

Antes de empezar, debes tener en cuenta que las ayudas y beneficios cambian según cada Comunidad Autónoma, así que te recomendamos echar un vistazo a los requisitos de cada comunidad, que podrás encontrar aquí, para que le saques el máximo partido a esas ventajas fiscales.

Ayudas y beneficios fiscales a jóvenes para comprar o rehabilitar una vivienda

Ayudas a la compra de una vivienda

El Estado pone a disposición ayudas por la adquisición de una vivienda que sea habitual para personas menores de 35 años. Esta ayuda cuenta con un importe de hasta 10.800€ con un límite del 20% del precio de adquisición de la vivienda.

No obstante, está sujeta a una serie de requisitos que deberás cumplir como:

  1. Que la vivienda vaya a ser tu residencia habitual y permanente durante al menos 5 años y que esté situada en un municipio o núcleo de población con menos de 5.000 habitantes.
  2. No ser propietario o usufructuario de cualquier otra vivienda en España, a no ser que se puedas justificar la no disposición de la otra propiedad por motivos de separación, divorcio u otras causas que sean ajenas a tu voluntad.
  3. Con carácter general, que tengas ingresos anuales iguales o inferiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efecto Múltiples, IPREM (índice que se utiliza como referencia para la concesión de ayudas o subvenciones).
  4. El precio de la vivienda debe ser igual o inferior a 100.000€.

Ayudas después de la compra de una vivienda de segunda mano

En el caso de que hayas adquirido una vivienda de segunda mano, también podrás beneficiarte de diferentes ayudas para la conservación, mejora de la seguridad o accesibilidad que, con los límites que diremos a continuación, con carácter general pueden llegar a ser del 40% de la inversión.

Además, la ayuda podrá alcanzar hasta el 75% de la inversión en los casos siguientes casos:

  • Si los ingresos de la unidad familiar que resida en la vivienda son inferiores a tres veces el IPREM.
  • Si en la vivienda residen personas con discapacidad.
  • Si en la vivienda residen personas mayores de 65 años y se llevan a cabo actuaciones de mejora de la accesibilidad.

Para acceder a estas ayudas será necesario cumplir los siguientes requisitos:

  1. Que la vivienda sea unifamiliar o esté dentro de un edificio residencial colectivo.
  2. Con carácter general, que la vivienda cuente con una antigüedad anterior 1996.
  3. Que la vivienda constituya el domicilio habitual y permanente de su propietario.
  4. Disponer de un informe técnico que acredite la necesidad de actuación en la vivienda.

Así, la cuantía de las ayudas para viviendas de segunda mano puede ascender hasta:

  • 3.000€ por vivienda cuando la ayuda se destine únicamente a actuaciones de conservación.
  • 8.000€ por vivienda cuando la ayuda se destine únicamente a actuaciones de mejora de la seguridad y de la accesibilidad o se destine conjuntamente a actuaciones de conservación, mejora de la seguridad y accesibilidad.
  • En el caso anterior, la ayuda será de 14.000€ o de 17.000€ en función del grado de discapacidad de la persona que resida en la vivienda. En cualquiera de los casos anteriores, la ayuda se incrementará en un 25% para menores de 35 años en el caso de que la vivienda se ubique en municipios de menos de 5.000 habitantes.

Beneficios fiscales tras la compra de una vivienda de VPO de obra nueva

Una vez ya sepas las ayudas a las que puedes acceder, es el momento de conocer qué beneficios fiscales tienes después de la compra de una vivienda, en este caso de obra nueva. Para estas propiedades el Estado tiene en cuenta:

  1. El tipo aplicable de IVA (impuesto que se debe pagar al realizar la compra de una propiedad nueva para usarla como vivienda o alquiler) a la compra de Viviendas de Protección Oficial (VPO) será el tipo reducido del 4%.
  2. Beneficios fiscales a través de Actos Jurídicos Documentados (AJD): otro de los impuestos que también deberás pagar a la hora de comprar tu vivienda es el AJD. En el caso de que la adquisición sea de una VPO, el tipo aplicable será del 0% porque está exenta.

Beneficios fiscales tras la compra de una vivienda de segunda mano

Igualmente, también podrás beneficiarte de beneficios fiscales si la compra de la vivienda es de segunda mano. En este caso, únicamente tendrás que pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) por la adquisición de la vivienda, ya que el AJD de la posible constitución de hipoteca, con carácter general, lo pagará tu banco.

Así, en cuanto a las reducciones en el ITP, el tipo aplicable de este impuesto dependerá de la Comunidad Autónoma en la que vivas y de tus condiciones personales y familiares, estableciéndose, con carácter general, reducciones para la adquisición de la vivienda habitual por jóvenes, familias numerosas o personas con discapacidad.

09 de junio de 2022