Tributación y relevo generacional en la empresa familiar agraria

La tributación de las explotaciones agrícolas y ganaderas y el relevo generacional en las empresas familiares del sector primario centraron la primera jornada técnica organizada por Ibercaja en la Exposición Internacional de Maquinaria Agrícola, FIMA 2026.

Transición del sistema fiscal. El paso de la tributación por módulos a la estimación directa debe verse como una evolución hacia una gestión que refleje con mayor fidelidad la realidad económica y los gastos reales de la explotación agraria.
Beneficios fiscales en la sucesión. La normativa actual permite reducciones de entre el 95 % y el 99 % en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, siempre que se cumplan requisitos como que la actividad sea la principal fuente de renta del transmitente.
Planificación vital y patrimonial. El relevo no solo requiere una estrategia financiera, sino también un protocolo familiar que prevea situaciones de longevidad o dependencia para que la salud no condicione el futuro del negocio.
 

Ponente interviniendo frente a una pantalla. Público sentado escuchando.

El sector primario atraviesa un momento de profunda transformación, motivado por la profesionalización de las explotaciones, la integración de la tecnología y la necesidad de mejorar la competitividad para hacer frente a los retos del mercado global. 


En el taller organizado por Ibercaja en el marco de la Exposición Internacional de Maquinaria Agrícola FIMA 2026, celebrada en la Feria de Zaragoza, expertos en la materia desgranaron las claves para afrontar dos de los momentos más críticos para cualquier agricultor o ganadero por sus implicaciones tributarias: el cambio de régimen fiscal y el relevo generacional.
 

De módulos a estimación directa: ¿cuándo hacer el cambio?


Tradicionalmente, el sistema de módulos ha sido el sistema tributario más habitual entre agricultores y ganaderos. Sin embargo, el entorno actual de volatilidad de precios y aumento de costes de producción hace que el sistema de estimación directa pueda tener ciertas ventajas tributarias. Este cambio, a menudo visto con temor, no debe entenderse como un mero trámite, sino como una transición hacia una gestión más fiel a la realidad económica de la empresa.


“Se cambia de sistema fiscal y la forma de gestionar la empresa porque es una transición a un modelo nuevo, pero lo que no cambia es la estructura personal o familiar, la actividad que se realiza o el régimen de IVA salvo renuncia o exclusión”, explicó Enrique González, socio director en Aragón de RBH Global. El asesor fiscal advirtió que otro de los recelos que se tienen en contra del cambio a la estimación directa es el temor a pagar más impuestos, pero matizó: "La estimación directa refleja con mayor fidelidad lo que ocurre en la explotación". Al abandonar los índices fijos, el agricultor puede deducir sus gastos reales, pérdidas y amortizaciones.


¿Cuándo tiene sentido plantearse este cambio de forma voluntaria? González señaló varios indicadores clave:


• Cuando la inversión es creciente y estructural.
• Si existe una alta volatilidad en los ingresos y los costes de los insumos.
• Cuando el peso de los gastos reales es cada vez mayor frente a lo que estima el módulo.


Es fundamental elegir bien el momento. "No todos los años son adecuados para el cambio", explicó González, y remarcó que la planificación y la simulación previa son esenciales para decidir cuándo dar el paso, teniendo en cuenta que los efectos se sentirán más en el primer año.
 

El relevo generacional


La continuidad de una explotación no solo depende de la decisión de los sucesores de tomar las riendas de la explotación, sino de que la carga fiscal no haga inviable la transmisión. En este sentido, la ley ofrece una serie de exenciones, con reducciones de hasta el 95 % en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones que pueden llegar al 99 % en muchas comunidades autónomas, siempre que se cumplan una serie de requisitos.


José Antonio Montón, socio de Garrigues, explicó que, en el caso de las sucesiones, tienen que cumplirse estas condiciones: 


• Tiene que ser una actividad empresarial.
• El transmitente tiene que ejercer la actividad agraria de forma personal, habitual y directa y tiene que ser su principal fuente de renta (al menos el 50 % de su base de IRPF tiene que venir de esta actividad).
• Hay que mantener el valor de lo adquirido por parte del adquiriente durante, al menos, diez años (en algunas comunidades autónomas este tiempo se reduce a cinco).


En las donaciones, además:


• El transmitente tiene que ser mayor de 65 años o estar en situación de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
• El adquiriente tiene que ser cónyuge o descendiente.
• No solo es suficiente con conservar el valor de lo adquirido. La normativa de algunas Comunidades Autónomas puede exigir el mantenimiento de la actividad por parte del heredero o donatario.

Como recalcó Juan Linares, director de la Asesoría Fiscal de Ibercaja, no se trata solo de diseñar una "planificación patrimonial", sino una "planificación vital". Con el aumento de la esperanza de vida y la longevidad, aspectos como la jubilación y las necesidades ante posibles enfermedades o situaciones de dependencia deben estar previstos en el protocolo familiar para que la salud no impida decidir sobre el futuro del negocio. Una adecuada planificación fiscal y financiera, con el asesoramiento profesional adecuado, contribuirá a que la transición sea natural y no traumática.