¿Qué documentación tengo que presentar? ¿Qué situaciones se contemplan que impidan la concesión? ¿Puedo solicitarla para mejorar las condiciones de los créditos existentes?.
David Romera, director de Concesión de Riesgo de Crédito en Ibercaja, resolvió estas y otras cuestiones en el espacio “Nuestros Expertos Responden” dedicado en esta ocasión a la línea de avales ICO para créditos por el Covid-19.
¿Qué papeles tengo que presentar para solicitar un préstamo ICO para una sociedad?
La información a aportar para la tramitación de una operación de financiación acogida a una línea ICO para una empresa es:
Adicionalmente, se deberá firmar un impreso con la solicitud de financiación realizada (autónomo o persona jurídica), una declaración responsable y el denominado anexo 1 de Mínimis que exige el ICO, y que están disponibles en su oficina de Ibercaja o a través de la página web.
En el caso de autónomos con problemas de impago de cuotas en préstamos a partir del mes de enero de 2020 y que ha tenido una reducción prácticamente total en su actividad tras el mes de marzo ¿es posible acceder a esta línea de financiación?
La regulación establecida para la línea ICO prohíbe la concesión de esta financiación a personas físicas o jurídicas que estuvieran en situación de morosidad a 31 de diciembre de 2019 o que a 17 de marzo de 2020 estuvieran en situación concursal (real o que pudiera ser instada por tercero legitimado) o en proceso de negociación con sus acreedores en virtud de lo establecido en el artículo 5bis de la ley concursal.
Si no se encuentra en esas circunstancias, el acceso a la financiación indicada es posible y queda a consideración de los departamentos de riesgos de cada entidad financiera, siempre que se acredite que las necesidades de liquidez tienen su origen en las dificultades generadas por la pandemia.
¿Es posible solicitar financiación Avalada por ICO que tenga como finalidad la mejora en cuentas de crédito ya existentes? (mayor plazo y mejores condiciones económicas)
Si se cumplen las condiciones de elegibilidad indicadas antes, es decir, no mora a 31/12/2019 y no concurso de acreedores a 17/03/2020, sí que es posible, en general, solicitar financiación ICO con la finalidad que se plantea.
La regulación del convenio indica que no es objeto del mismo la unificación o reestructuración de financiación previas, sino la concesión de liquidez suficiente para que el autónomo o empresa pueda hacer frente a sus necesidades de liquidez ocasionadas por la pandemia del Covid-19. Asimismo, no se podrá aplicar a la cancelación o amortización anticipada de deudas preexistentes. Todo ello, sin perjuicio de la posibilidad prevista de renovación de créditos y líneas de créditos.
¿Los agricultores que cultivan viña podrían acogerse a las líneas del sector vitivinícola?
El objetivo de la Línea ICO Avales Covid-19 es facilitar la concesión de liquidez suficiente para el mantenimiento del empleo y paliar los efectos económicos del Covid-19.
No existe limitación por razón de sector de actividad, salvo empresas pertenecientes al sector financiero y al sector seguros que están excluidas. Siguiendo lo anterior, si la empresa o autónomo puede acreditar un efecto adverso en su liquidez por razón de los efectos derivados de la pandemia, es susceptible de solicitar financiación ICO a su entidad financiera para que ésta sea estudiada y, en su caso, aprobada.
Por último, os dejamos la jornada digital que Cámara de Zaragoza dedicó a la línea de avales ICO por Covid-19 y en la que participó David Romera explicando todos los pormenores de esta línea especial.
Desde Ibercaja Banco, seguimos a vuestra disposición para resolver vuestras dudas y acompañaros en estos momentos tan complicados.
Nuestros expertos responden a tus inquietudes. No te pierdas este vídeo en el que resolvemos tus dudas sobre la línea de avales ICO para créditos por el Covid-19.
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