1/6

Este número es indicativo del riesgo del producto, siendo 1/6 indicativo de menor riesgo y 6/6 de mayor riesgo

PIAS Euríbor

Con nuestro Plan de Ahorro Sistemático (PIAS) Euríbor1 puedes ir construyendo un ahorro periódico para tu futuro y disponer de él en cualquier momento sin ningún tipo de penalización2.

Y además, si pasados al menos 5 años decides rescatarlo en forma de renta vitalicia, obtendrás una total exención fiscal3 del rendimiento generado.

Acciones disponibles

Un seguro de ahorro con ventajas diferenciales

Un plan de aportaciones a tu medida

Puedes elegir la periodicidad que más te convenga para realizar tus aportaciones (mensual, trimestral, semestral o anual).

Disponible cuando quieras

Desde el primer día puedes disponer del capital ahorrado, tanto de forma total como parcial4, sin ningún tipo de penalización.

Elige la forma de rescatarlo

Puedes optar por rescatarlo en forma de capital o de renta. Recuerda, si tu PIAS tiene más de 5 años y lo rescatas en forma de renta vitalicia, disfrutarás de una total exención fiscal del rendimiento obtenido.

Un seguro de ahorro que se adapta a tus necesidades

Qué te ofrece este seguro de ahorro

  • Plan de aportaciones: puedes aportar desde 20€ al mes, 60€ al trimestre, 120€ cada seis meses o 240€ al año.
  • Liquidez: desde el primer día puedes disponer del capital ahorrado, tanto de forma total como parcial, sin ningún tipo de penalización.
  • Transparencia: puedes disponer de una Libreta PIAS Euríbor, para consultar todos los movimientos de tu plan. En cada movimiento podrás conocer el valor del capital ahorrado.
  • Prestaciones al vencimiento del contrato o en cualquier otro momento anterior. Puedes optar entre percibir un capital equivalente al fondo acumulado, obtenido de la capitalización de todas las aportaciones realizadas o transformar el fondo acumulado en renta vitalicia y beneficiarte de una exención total del rendimiento generado, siempre que el PIAS tenga una antigüedad de al menos 5 años.
  • En caso de fallecimiento antes del vencimiento, tus beneficiarios recibirán un capital equivalente al fondo acumulado en ese momento, incrementado en un 10% con un máximo de 12.000€ (600€ para edad igual o superior a 65 años).

Fiscalidad3

En caso de rescate del seguro en forma de capital

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: las rentas percibidas tendrán la consideración de rendimientos de capital mobiliario sometidos a la retención aplicable de acuerdo con la legislación vigente.

En caso de cobro de la prestación en forma de renta

(Opción sujeta a la disponibilidad del producto en el momento del rescate).

Si pasados mínimo 5 años decides rescatarlo en forma de renta vitalicia, obtendrás una total exención fiscal del rendimiento generado.

El importe total de las primas acumuladas en este contrato no podrá superar la cuantía total de 240.000€ por contribuyente.


  • Por el rendimiento generado hasta la fecha de inicio de la renta:
Tipo de Rendimiento Rendimientos del capital mobiliario
Tipo de Retención Rendimiento exento
Tributación Rendimiento exento
  • Por la renta vitalicia que se inicia:

    Tipo de rendimiento: rendimientos de capital mobiliario (regular)
Edad Reducción % Sujeto %
Menos de 40 años 60% 40%
de 40 a 49 años 65% 35%
de 50 a 59 años 72% 28%
de 60 a 65 años 76% 24%
de 66 a 69 años 80% 20%
más de 70 años 92% 8%

Los porcentajes de tributación que se indican serán los correspondientes a la edad del rentista en el momento de la constitución de la renta vitalicia y permanecerán constantes durante toda su vigencia.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: las rentas percibidas tendrán la consideración de rendimientos de capital mobiliario sometidos a la retención aplicable de acuerdo con la legislación vigente.

En caso de fallecimiento del titular

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) con importantes reducciones para aquellos beneficiarios que sean familiares de primer grado del titular del seguro.

Construye un capital con los seguros de ahorro

Puedes contratar un nuevo plan a través de estos canales:

  • Banca web en el apartado "Seguros > Seguros de ahorro > Planes Ahorro Inversión > Planes de Ahorro Sistemático o PIAS". A través de la web solo se puede contratar el Plan de Ahorro+Joven o el PIAS Euribor.
  • En el servicio de atención telefónica un gestor personal realizará la gestión que solicitas al identificarte con tus claves.
  • En tu oficina Ibercaja, simplemente acreditando tu identidad, podrás informarte, simular y, en el caso de que sea favorable, contratar.

Puedes consultar el saldo de tus planes de ahorro a través de estos canales:

  • Banca web en el apartado "Posición Global > Mi posición global".
  • En el servicio de atención telefónica un gestor personal te informará del saldo al identificarte con tus claves.
  • En tu oficina Ibercaja, simplemente acreditando tu identidad, podrás informarte.

1 Seguros comercializados en la red de distribución de Ibercaja Banco, S.A. por Ibercaja Mediación de Seguros, S.A.U. NIF A78485687, Operador de Banca Seguros Vinculado de Ibercaja Vida, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A.U. NIF A46013058. Concertado Seguro de Responsabilidad Civil. Consulta aquí las aseguradoras con las que se ha suscrito contrato de agencia.

2 Sujeto a la normativa en materia de distribución de seguros.

3 Fiscalidad aplicable según la legislación vigente en cada momento.

4 Rescate parcial según condiciones de la aseguradora en el momento del rescate.