> ¿Puedo paralizar las aportaciones de mi Seguro de Ahorro?
Si en algún momento decide no continuar con el plan de aportaciones que inicialmente estableció en su contrato, podrá paralizarlo cuando lo desee. Además, el fondo que haya acumulado hasta ese momento, seguirá generando rentabilidad.
> ¿Quién puede ser beneficiario de mi Seguro de Ahorro?
Podrá elegir libremente a uno o varios beneficiarios, con la posibilidad de modificarlos en cualquier momento. No obstante, existen algunas modalidades de seguros de ahorro (Multiplán, Plan de Ahorro + Joven o renta
vitalicia reversible) en los que el beneficiario es único y no puede ser modificado.
> ¿Se revisa periódicamente la rentabilidad garantizada?
Sí, en aquellos Seguros de Ahorro que así lo tienen establecido, la rentabilidad se revisa trimestralmente, semestralmente o con cualquier periodicidad pactada dependiendo de la modalidad de Seguro de Ahorro elegida. De este modo, su seguro se adapta a la evolución de los mercados financieros de renta fija en cada momento.
> Una vez formalizado un Seguro de Ahorro, ¿puedo anularlo?
Cualquier modalidad de seguro, tiene un plazo de 15 días para que usted pueda anularlo sin ningún efecto.
> En caso de que se me presente algún problema con mi seguro, ¿a quién debo dirigirme?
En primer lugar, trataremos de solucionarle su problema a través de su oficina de iberCaja, asimismo le informamos de la existencia de un Servicio de Atención al Cliente del Grupo iberCaja. (e-mail: atencionalcliente@ibercaja.es)
Adicionalmente tiene la posibilidad de dirigirse al Comisionado para la Defensa del Asegurado, instancia adscrita a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía. (Paseo de la Castellana, 44. 28046 MADRID).
> ¿Recibiré información actualizada de mi Seguro de Ahorro en mi domicilio?
Sí, periódicamente, la compañía le enviará información sobre su seguro de ahorro, de manera que usted pueda conocer la rentabilidad vigente en cada momento, capital acumulado, información fiscal, etc.
> Si rescato mi Seguro de Ahorro, ¿cuándo se abonará el capital acumulado?
Desde su oficina de iberCaja, se procederá a atender su solicitud de rescate, siendo abonado automáticamente en su cuenta el capital acumulado.
En el caso de seguros de ahorro vinculados a cestas o fondos de inversión, el capital acumulado se abonará en su cuenta tan pronto como se hayan liquidado dichas cestas o fondos, en un máximo de tres días hábiles tras la solicitud.
> En un Plan de Previsión Asegurado, si necesito disponer de mi dinero antes de la fecha de jubilación, ¿Puedo rescatar la operación?
Únicamente podrá disponer del fondo acumulado, siempre que se dé alguna de las siguientes situaciones:
- Incapacidad del Asegurado, Permanente Total, Absoluta y Permanente o Gran Incapacidad.
- Enfermedad grave (del asegurado o de su cónyuge o ascendientes y descendientes de primer grado a su cargo).
- Desempleo de larga duración.
> ¿En un Seguro de Ahorro, qué es el interés técnico?
El interés técnico es la rentabilidad aplicable a sus ahorros, una vez detraído el coste de la garantía de fallecimiento de su seguro de ahorro.